La tenencia de los animales de compañía conlleva unas pautas de conducta por parte de los propietarios para el bienestar de los animales y del resto de ciudadanos. Por ello, hay que respetar ciertas normas de convivencia para el disfrute de todos, tanto en los espacios públicos como en sus domicilios.
El animal no es culpable de sus acciones. Una buena educación hará que se adecue a los horarios y lugares que usted como propietario le indique.
Recuerde que un animal de compañía no es un juguete. No lo deje largos periodos de tiempo en su domicilio. Ni lo abandone en la vía pública. Estas acciones están castigadas por las Leyes y Ordenanzas Municipales.
Asimismo, especifica las atenciones mínimas que han de recibir los animales desde el punto de vista del trato y la protección.
Animales potencialmente peligrosos
Debido a la preocupación que hay en la sociedad a propósito de incidentes acaecidos con determinados perros, en el Decreto 101/2004, de 1 de junio, sobre tenencia de animales de la especie canina en la Comunidad Autónoma del País Vasco, se regula el control de éstos animales y de los establecimientos de cría y venta.
Recordar también, que el dueño del perro debe llevar los documentos que concede el Ayuntamiento cada vez que esté en un espacio público con el animal. Igualmente la persona que conduzca a ese perro por un espacio público (sea o no el dueño) debe llevar su correspondiente licencia y el documento que concede el Ayuntamiento de que el animal figura en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.